FUTUROS BENEFICIARIOS ¿Qué documentación se necesita para iniciar el trámite jubilatorio?

Algunas documentaciones necesarias para aplicar como beneficiario de la Caja pueden ser confundidas entre ellas. En este instructivo explicaremos qué abarca cada una.

Prestaciones de servicios

Sólo se solicita a docentes. Son entregadas por los establecimientos (escuela, jardín y/o colegio) donde un docente prestó servicios. En las mismas se detalla categoría y/o cargo, situación de revista, cantidad de horas cátedras y períodos trabajados. Es firmada por la autoridad del establecimiento.

Deben presentarse en original y en el caso de que el establecimiento las envíe a la titular por mail, deberá reenviarnos el mail del establecimiento para que podamos validar la impresión por correo electrónico.

Cesación de servicios

Es un formulario emitido por el organismo empleador o ex-empleador al momento de que el titular cese en sus funciones; generalmente se entrega en forma conjunta con las certificaciones de Servicios y Remuneraciones. Deben ser presentadas siempre como originales, exceptuando los casos que el empleador use firma digital (por el momento eso solo aplica al Gobierno de la Provincia, OSEF, Legislatura y AREF).

Si contienen firmas holográficas, deben presentarse en formato original. Si llevan firma digital, el titular debe reenviarnos el mail del empleador para que podamos verificar las firmas digitales y darle validez al documento. El Decreto y/o resolución de baja es solo un acto administrativo.

Certificación de Servicios y Remuneraciones

Es un formulario emitido por el empleador o exempleador, en el cual se detallan:

  • Servicios prestados
  • Carácter de los servicios
  • Categoría
  • Situación de revista
  • Remuneraciones correspondientes a los últimos 10 años

Si contienen firmas holográficas, deben presentarse en formato original. Si llevan firma digital, el titular debe reenviarnos el mail del empleador para que podamos verificar las firmas digitales y darle validez al documento.

Reconocimientos de servicios de Extraña Jurisdicción

Corresponde siempre y cuando el titular haya realizado aportes a otra Caja de Previsión Social y/o ANSES. Deben ser gestionados en el lugar que corresponda, siendo importante que el titular exprese que, una vez resuelto, sean girados a nuestra caja.

Es importante que se encuentren todos los períodos reconocidos a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 81 de la Ley N°561 y su modificatoria Ley N°1210:

Invocada la reciprocidad jubilatoria, no podrá servirse de un período de actividad en un solo régimen previsional y hacer reserva de otro. La omisión incurrida importa la privación de computar posteriormente dichos servicios y en su caso no impide rever la asunción del rol de Caja Otorgante; la implicación de los servicios invocados obliga a la presentación de todos los servicios que se detecten.

Tiras de ANSES: Activo, Histórica, Autónomo y RUB

Son cuatro tiras diferentes que contienen información distinta y deben ser presentadas para verificar que no queden servicios sin reconocer.

En el caso de que se detecten servicios sin reconocer, se solicitará que se realice el reconocimiento de Servicios. Hasta que no se encuentren resueltos, no se podrá iniciar el beneficio de jubilación.

En esta tira, S.I.P.A. o Activo, el titular posee aportes a reconocer entre 1995 y 1998.

En esta otra tira, Histórica, se ven aportes a reconocer de 1986 y 1990.

En las tiras RUB y Autónomo no se detectan aportes.