Es un trámite que podrá realizar cualquier agente que haya prestado o preste servicios con aportes en alguno de los organismos de los tres poderes del estado provincial y que puede, por ejemplo, ser solicitado para obtener beneficios de jubilación ante ANSES u otros organismos previsionales.

Las ampliaciones de reconocimiento de servicios podrán realizarse con una periodicidad mínima de cinco (5) años, salvo que se requiera para presentar en otro organismo previsional por solicitud de algún beneficio jubilatorio o de pensión, o por extinción de la relación laboral, en cuyos casos no existirá limitación temporal.